- Cuando alguien comete un crimen tiene ser capturado y juzgado. Eso es claro para los sentimientos de los ciudadanos honestos y pacíficos.
- Cuando alguien ha sido condenado necesita ser tratado adecuadamente para que pueda recuperar – después de haber terminado su condena – una vida regular esta vez cumpliendo las reglas de la sociedad en que vive.
- Las condenas necesitan ser adecuados en relación a la gravedad del crimen.
Los congresistas que crean las reglas del juego en una sociedad, las leyes, necesitan darse cuenta de los criterios básicos arriba mencionados cuando deciden sobre «un nuevo Código Penal».
Lo dudo que los congresistas hiubiesen tomado en cuenta estos tres criterios básicos en su decisión esta semana en el Congreso Nacional.
Ahora les explico por medio de pocos casos muy relevantes – y para mi muy irritantes – porque:
CASO 1: Si un empleado publico ha robado dinero de fondos públicos el solamente necesita devolver este dinero y el nuevo Código Penal le ‘regalaría’ 2/3 parte de su condena. Quiere decir que un empleado publico que se había acostumbrado robar dinero de fondos públicos solamente estará obligado por devolver el dinero robado cuando lo descubran o cuando lo condenen. Así puede ser un «buen negocio» robar al estado/a la sociedad seguidamente dinero y cuando lastimosamente se ve detectado/condenado devuelve el dinero en este caso, permuta la condena para no cumplir condena y se queda tranquilamente en casa …. con el resto NO detectado y las ganancias obtenidas.
En esta forma NO se limita la corrupción ni el robo de fondos públicos. Al contrario: Así se protege los delincuentes y minimiza sus riesgos.
CASO 2: Un periodista investigativo descubre una red de ladrones públicos del tipo descrito en caso 1 y lo logra publicar en el periódico o el canal de televisión donde trabaja. El Nuevo Código Penal en este caso le puede causar un gran problema. Es posible que este descubrimiento seria tratado como una «traición a la patria» descubriendo algo que daña el imagen del Estado de Honduras afuera. En este caso el periodista investigativo podría ser condenado hasta …?.. años de cárcel.
Le parece raro? NO es tan raro porque a Julian Assange le pasó lo mismo cuando publicó vía su portal Wikileaks datos y comunicaciones de políticos de los Estados Unidos u otros países y así creó un gran escándalo mundial. Hasta el 28 de junio 2020 no lo podían detener ni condenar. Pero ayer lo sacaron de la embajada de Ecuador en Londres, donde le dieron asilo político, y lo capturaron por este «delito». En mis ojos publicar informaciones sobre actos políticos criminales con propósitos guerristas NO es un delito porque la sociedad tiene el derecho a saber sobre lo que pasa en la política, especialmente cuando se trata de un estado llamado democrático, el que se financia con los impuestos de sus ciudadanos.
El nuevo Código Penal permite al Gobierno de Honduras/los jueces en futuro condenar a periodistas incluyendo a sus emprendedores por haber detectado algo criminal en lugar de castigar los delincuentes descubiertos por estos investigaciones.
A pesar de estos dos casos arriba descritos también hay algunas reglas en el nuevo Código Penal que de verdad reflejan un buen trabajo y no dan razón a criticas. Estos cambios forman la ‘cascara bonita de pastel’, pero adentro se encuentran pasos escandalosos que solamente servirán a un propósito:
Minimizar condenas para estos políticos que ya fueron detectados por la MACCIH como delincuentes políticos actuando como crimen bien organizado robando fondos destinados originalmente para obras sociales, hospitales, medicinas, escuelas públicas, carreteras sin pago, puentes etc. todo destinado pero NO realizado para el bienestar y el desarrollo de Honduras.
Con estos actos delincuenciales se desarrollaron los ladrones y sus negocios… y Honduras se quedó donde esta: en SUB-DESARROLLO.
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